viernes, 6 de febrero de 2015

La injusticia manifiesta en los Diques de Feringán


Apenas dos meses ha necesitado el TSJ de Murcia para echar tierra encima al auto del juez Carrillo que en 2004 apreció indicios de delito y dictó orden de apertura de juicio oral por la destrucción y expolio de los Diques de Feringán, verdadera razón de ser del Arsenal de Cartagena, por parte de altos funcionarios militares del Ministerio de Defensa.
Diez años de demora en la apertura del juicio oral y apenas dos meses para su archivo. Así funciona la justicia en la Región de Murcia.
El archivo se ha basado en un ardid consistente en obviar el auto del juez Carrillo por una parte, como si no se hubiese producido; resaltar la falta de acusación por parte de la fiscalía; y deslegitimar la acusación particular ejercida en este caso por la Asociación de defensa del patrimonio de Cartagena. Todo ello basándose en un recurso de la Abogacía del Estado, que actuaba en defensa de los acusados y concertadamente con el último juez del juzgado nº 2 de Cartagena, que ha aprovechado el recurso de la Abogacía para archivar sin entrar en el fondo del asunto. Ese archivo es el que ha confirmado a su vez el TSJ.
Es decir, aplicando lo que se conoce popularmente como “doctrina Botín” en lugar de su opuesta la “doctrina Atuxa”, porque lo que al parecer interesaba en este caso era salvaguardar la impunidad de unos funcionarios militares, marinos por mas señas, cuya conducta se ajusta casi al pie de la letra al articulo 323 del código penal, “que castiga con pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses a quien cause daños en un archivo, registro, museo, biblioteca, centro docente, gabinete científico, institución análoga o bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, así como en yacimientos arqueológicos”. Este último era el caso de los Diques de Feringán.
Un delito que en la instrucción reconoció incluso alguno de los acusados justificándolo “en provecho de la defensa nacional” pero obviando que además de destruir el dique del XVIII vendieron sus restos a varios anticuarios de la zona.
Los funcionarios están todos jubilados por lo que no habrían tenido que ingresar en prisión y previsiblemente la responsabilidad habría sido subsidiaria del Ministerio de Defensa, por lo que el interés del juicio residía para ADEPA en depurar y afinar procedimientos para evitar que se siga destruyendo el patrimonio militar de Cartagena y para que se proteja de una vez el Arsenal, que no tiene grado alguno de protección por empeño expreso de la Marina española y por pasividad del Ministerio de Cultura.
No podemos dejar de destacar que este desmán no habría sido posible sin la inexplicable pasividad e ignorancia de la fiscalía de Cartagena, que no fue corregida por sus superiores jerárquicos. Pasividad, porque el fiscal ni se molestó en investigar el posible delito, ni atendió la apreciación del mismo por parte del juez instructor que practicó una instrucción impecable. E ignorancia, porque la argumentación de la fiscalía se basó en la consideración de que sólo son bienes históricos los que están expresamente declarados administrativamente y según ese principio cualquier yacimiento arqueológico podría ser destruido si no ha sido declarado en el momento de su descubrimiento. 
 * Juan-Miguel Margalef. Presidente de ADEPA

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